ABOGADAS DE SALUD® leche maternizadas macarena fragueiro frias

El uso de leche maternizada sigue siendo objeto de prejuicios en nuestra sociedad, a pesar de ser una opción válida y necesaria para muchas familias. Más allá de las elecciones personales, existen situaciones específicas, como las mamás que no pueden producir leche o con un valor nutricional adecuado, las familias que adoptan o los matrimonios igualitarios, en las que la lactancia materna no es posible. Sin embargo, estas familias enfrentan un doble desafío: la falta de empatía social y la desinformación sobre sus derechos, especialmente en relación con la cobertura de las fórmulas infantiles.

Macarena Fragueiro Frias, abogada de ABOGADAS DE SALUD®, te explica todo.

Estigmatización y Prejuicios Económicos

"Abogadas de salud explicando derechos sobre la cobertura de leche maternizada y medicamentosas por obras sociales y prepagas según el Plan Materno Infantil."

El discurso público sobre la lactancia materna, que resalta sus múltiples beneficios, ha creado un entorno donde cualquier alternativa parece inferior. Esto impacta especialmente a quienes no pueden amamantar debido a factores biológicos, médicos o sociales, como en el caso de padres adoptivos o parejas igualitarias.

Además, persisten prejuicios económicos asociados al uso de leche maternizada. Muchas personas asumen que implica un gasto mensual elevado, a menudo percibido como inalcanzable. Este temor económico puede generar ansiedad en las familias que desconocen que la normativa argentina garantiza el acceso gratuito a estas fórmulas en casos justificados.

Plan Materno Infantil: Cobertura Garantizada

En Argentina, el Plan Materno Infantil, parte del Programa Médico Obligatorio (PMO), asegura la cobertura de la leche maternizada,garantizando que las familias no enfrenten barreras económicas para adquirir las fórmulas necesarias. La Resolución 409/2022 establece que las obras sociales y prepagas deben cubrir al 100% las fórmulas infantiles cuando al bebé le sea fácticamente imposible o no deba alimentarse con leche materna, durante los primeros 6 meses de vida. Este período coincide con el tiempo promedio recomendado para la lactancia exclusiva, según las guías de salud internacionales.

Por otro lado, el PMO contempla la cobertura integral de las leches medicamentosas, diseñadas para lactantes que presentan patologías asociadas a la alimentación. Estas fórmulas son necesarias en casos de:

  • Deficiencias o alteraciones en la ingesta, digestión, absorción, metabolismo o excreción de ciertos nutrientes.
  • Trastornos, enfermedades o afecciones específicas que requieren una alimentación especial, no manejable mediante una dieta convencional.
 

Estas leches medicamentosas están cubiertas al 100% hasta los 3 años de vida del bebé, garantizando que los lactantes con necesidades nutricionales especiales puedan acceder a una dieta adecuada sin que el factor económico sea una limitante.

Con la actualización normativa, se refuerza el compromiso del sistema de salud de asegurar una alimentación adecuada para todos los lactantes, reconociendo tanto las necesidades generales como las específicas en casos de patologías o condiciones médicas.

¿Qué Hacer en Caso de Incumplimiento?

Si una obra social o prepaga niega la cobertura de la leche maternizada, las familias tienen derecho a reclamar. Los pasos a seguir incluyen:

  1. Reclamo ante la obra social o prepaga: Solicitando una respuesta por escrito.
  2. Presentación en la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS): Organismo que supervisa el cumplimiento del PMO.
  3. Consulta con ABOGADAS DE SALUD®: Profesionales que pueden guiar el proceso legal en caso de incumplimientos persistentes.

Un Llamado a la Empatía

Garantizar el acceso a la leche maternizada es un derecho, pero también es una cuestión de respeto y empatía. Cada familia tiene realidades y necesidades únicas. Desde padres adoptivos hasta matrimonios igualitarios o madres con problemas médicos, todas las personas merecen un entorno libre de estigmatización.

ABOGADAS DE SALUD® cumplen un rol fundamental en la defensa de estos derechos, al mismo tiempo que trabajan para desmantelar prejuicios sociales y económicos que limitan la libertad de decisión de las familias.

ABOGADAS DE SALUD® Padres informándose sobre la cobertura de leche maternizada y medicamentosas garantizada por obras sociales según el Plan Materno Infantil en Argentina.

Macarena
Fragueiro Frias

Abogada Fundadora

Recientemente ha concursado para ser Mediadora y se encuentra en el proceso final que le otorgará su matrícula. Macarena ha decidido especializarse en esta área con el fin de tener una mirada menos controversial, tan propia de los abogadas e intentar una mirada más conciliadora y contemplativa con la intención de mejorar sus herramientas personales de atención y contención a nuestros clientes. Con años de experiencia en el ejercicio independiente de la abogacía, su rol en ABOGADAS DE SALUD® incluye la atención directa al cliente, la información sobre los derechos en materia de salud y la gestión del área comercial.

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